
¿Quién está obligado a presentar el Impuesto sobre Sociedades?
Están obligadas a presentar este impuesto todas las personas jurídicas residentes en territorio español, salvo las sociedades civiles sin objeto mercantil. Entre los contribuyentes que deben presentar el impuesto se incluyen:
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Sociedades anónimas (S.A.) y sociedades limitadas (S.L.)
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Sociedades agrarias de transformación (SAT)
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Fondos de inversión y sociedades de inversión colectiva
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Uniones temporales de empresas (UTE)
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Fondos de capital riesgo y fondos de inversión colectiva de tipo cerrado
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Fondos de pensiones
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Fondos de regulación del mercado hipotecario y de titulización hipotecaria
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Fondos de titulización de activos
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Fondos de garantía de inversiones
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Comunidades titulares de montes vecinales en mano común
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Fondos de Activos Bancarios
Estos contribuyentes deben tributar por la totalidad de la renta obtenida, independientemente del lugar donde se haya generado o del domicilio del pagador.
¿Cuál es el plazo para presentar el Impuesto sobre Sociedades en 2025?
El plazo de presentación ordinario es de 25 días naturales tras los seis meses siguientes al cierre del ejercicio fiscal.
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Si el ejercicio coincide con el año natural (es decir, termina el 31 de diciembre de 2024), el plazo de presentación será del 1 al 25 de julio de 2025.
La presentación se realiza mediante el modelo 200, a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
¿Quiénes están exentos de presentar el Impuesto sobre Sociedades?
Algunas entidades están totalmente exentas, como por ejemplo:
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El Banco de España
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El Instituto de España y las Reales Academias Oficiales
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Algunos organismos públicos del Estado
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Determinadas agencias estatales
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El Consejo de Supervisión Pública de Estándares de Auditoría