Este año el verano ha llegado cogido de la mano de la Nueva Normalidad. Una época en la que se suelen hacer muchos planes de ocio, pero que sin embargo, estos días está despertando muchas dudas entre los españoles sobre qué pueden hacer y qué no, y qué derechos tienen ante esta nueva situación. Una de las preguntas más frecuentes es si pueden solicitarles un certificado de haber pasado el COVID-19 para hacer determinadas actividades de ocio, salud o vida cotidiana. En este post aclaramos todos los límites legales. 

¿Qué dice el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) al respecto? 

El RGPD en su artículo 9 prohíbe expresamente el revelar datos relativos a la salud de una persona física”. No obstante,  en el apartado 2G) del mismo artículo se establece “la excepción por razones de interés público esencial, siempre y cuando sea proporcional al objetivo perseguido, respetando siempre en lo esencial el derecho a la protección de datos y estableciendo las medidas adecuadas y específicas para proteger los intereses y derechos fundamentales del interesado”

Por tanto, esto quiere decir que por norma general no es legal que nos soliciten un certificado de nuestra salud para viajar en avión, ir a un restaurante, al gimnasio o a trabajar. Sin embargo, esta normativa como hemos visto también tiene una excepción. 

¿Qué hace falta para viajar en avión durante la Nueva Normalidad? 

Pues bien, lo que debes tener claro es que las aerolíneas no pueden solicitar un “pasaporte de inmunidad” a los pasajeros. Como viene siendo habitual solicitaran el documento nacional de identidad o pasaporte y exigirán el uso de mascarilla durante todo el vuelo. Este punto es muy importante pues si la persona no acude con mascarilla podrían denegarle el embarque y no podría reclamarlo, ni tener una indemnización por haber perdido el vuelo. Asimismo, en el aeropuerto dejarán pasar a bordo gel hidroalcohólico si no supera los 100ml. 

Gimnasios, academias, restaurante y trabajo  

Para apuntarse al gimnasio, a la academia o hacer una reserva en un restaurante tampoco pueden solicitarnos un certificado de haber atravesado la enfermedad. Asimismo, a la hora de contratar a un nuevo empleado tampoco podrá solicitarse este certificado. 

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