En este artículo, explicamos cómo funciona el IVA en las importaciones y exportaciones de bienes.

En primer lugar, hay que aclarar algunos conceptos. Los llamados bienes de importación son los provenientes de un país tercero, Canarias o Ceuta y Melilla.

Para el cálculo del IVA se utilizará como base, la suma del valor de aduana de los bienes adquiridos más los impuestos, aranceles, derechos de importación y gastos accesorios que se apliquen sobre dicho valor.

El pago del IVA en estas importaciones se realiza a través del llamado DUA (Documento Único Administrativo), que es el soporte papel de la declaración de importación o exportación ante las autoridades aduaneras, es decir que se liquida a la vez que la liquidación de los derechos arancelarios.

En este caso es la Administración Aduanera quien expide el modelo 301 (liquidación de IVA) y la carta de pago correspondiente.

El DUA exigido ante las autoridades aduaneras para las operaciones de intercambio de mercancías, incluye la cuota de IVA de importación soportado, con lo que se convierte en documento clave para poder deducir las cuotas de dicho IVA.

La deducción de esa cuota de IVA se puede realizar en el modelo 303 del periodo, siendo el documento justificativo de tal derecho el DUA.

Los importadores podrán reflejar en el correspondiente modelo 303 tanto la cuota del IVA devengado por la importación, como su deducción.

Modelos a tener en cuenta en el IVA de importaciones

Modelo 303: se acumulan las bases y cuotas deducibles por los servicios del agente de aduanas en las casillas correspondientes a operaciones interiores corrientes, y las bases y cuotas deducibles por IVA de importación, separando las correspondientes a bienes corrientes y bienes de inversión, en las casillas de cuotas soportadas.

Modelo 340. Declaración informativa de operaciones incluidas en los libros de registros: Habrá de incluir las facturas del agente de aduanas (sin IVA de importación ni tasas) y el DUA como equivalente a la factura del proveedor.

Modelo 390. Declaración anual del IVA: se acumulan las bases y cuotas deducibles por servicios y las bases y cuotas deducibles por los bienes corrientes importados desglosando por los tres tipos de IVA, y la misma información relativa a bienes de inversión en las casillas correspondientes.

Las exportaciones

Las exportaciones intracomunitarias (ventas de productos o servicios a otro país miembro de la UE) están exentas de IVA.

En el caso de exportaciones desde un país comunitario a otro de fuera de la UE, estas se encuentran exentas de IVA siempre que cumplan una serie de requisitos:

  • Se debe producir la salida efectiva de los bienes fuera de la Comunidad Europea.
  • Es obligatorio conservar los documentos justificativos de cada operación: facturas, documentos de transporte, documentos aduaneros, etc., durante el plazo vigente de prescripción del impuesto.

A pesar de no estar sujetas al impuesto, hay que informar a la Agencia Tributaria, a través del Modelo 303 de autoliquidación del impuesto, así como en el DUA.

Si tienes alguna duda sobre el IVA en las importaciones y exportaciones de bienes y necesitas que te ayudamos a presentar dicho impuesto, no dudes en contactarnos.

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